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¿El 1 de mayo se paga doble o triple? Esto debes hacer si la empresa NO te da lo que corresponde
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¿El 1 de mayo se paga doble o triple? Esto debes hacer si la empresa NO te da lo que corresponde

  • - 2025-05-01

Los trabajadores de todo el país cuentan con derechos y obligaciones, los cuales están expuestos en la Ley Federal del Trabajo (LFT), documento que hace valer los mismos a pesar de lo que las empresas o empleadores deseen hacer. Ejemplo de ello es el pago durante los días de descanso oficial, como es el caso del 1 de mayo. ¿Qué hay que hacer si no se entrega el dinero correspondiente? En MILENIO te contamos.Cada 1 de mayo, en el mundo entero se conmemora el Día del Trabajo, fecha en la cual se honran las luchas de los trabajadores para exigir jornadas reducidas y que además fueran bien pagadas. Por ello, a todos nos compete el que la LFT sea respetada, incluso si se trata de un día de descanso oficial.¿Cómo se debe pagar un día de descanso oficial?La ley es enfática respecto a que un día de descanso que se deba trabajar se deberá pagar al doble, por lo que al final, aquellos que por la relevancia de sus labores no se puedan ausentar, recibirán un pago triple. "Las personas trabajadoras que deban presentarse a laborar de manera habitual tendrán derecho a recibir independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado, es decir, un salario triple", recuerda el Gobierno de México.???? 28 de abril | Día mundial de la Seguridad y Salud en el Trabajo.????‍????????‍????Todas las personas trabajadoras tienen derecho a laborar en condiciones óptimas, seguras y dignas. pic.twitter.com/3HnO64BaIt— Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (@PROFEDET) April 28, 2025 Para calcular cuánto se deberá cobrar en caso de no poder descansar, cada trabajador puede hacer sus propios cálculos. Si por un mes se recibe un sueldo neto de 10 mil pesos, esa cantidad deberá dividirse entre 30.El resultado que se obtenga será lo que en un día se gana (333.33 pesos diarios), de tal manera que la misma deberá multiplicarse por dos (666.66 pesos) y de ahí, sumarse la cantidad que se gana en un día normal (999.99 pesos en total). Es así como la ley expone, en su artículo 75 lo que los trabajadores deberán cobrar por el hecho de no poder descansar cuando se trata de días oficiales. ¿Qué hacer si no me pagan lo que corresponde?El pago al triple que los trabajadores recibirán siempre y cuando no puedan ausentarse de sus labores, será entregado en el siguiente pago luego de la fecha a conmemorar. Es importante que se esté muy al pendiente, tanto de la cantidad recibida como del recibo de nómina, pues es la llave para reclamar el pago que, por derecho corresponde.????¡Atentos todos!????El 1 de mayo es Día de Descanso Obligatorio.????¿Lo trabajas? Debes recibir tu salario diario, más un salario doble.????800.717.29.42 y 800.911.78.77 pic.twitter.com/w3l0WV1f5w— Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (@PROFEDET) April 27, 2025 Si por algún motivo notas que tu pago viene como usualmente lo cobras y no hay extras, deberás acercarte a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo (Profedet) donde te pedirán presentar un resumen de los hechos, es decir, explicar que trabajaste en un día oficial y tu suelto no refleja el pago doble que por ley se considera.Presentar la denuncia puede ser: Por teléfono: al 800 911 7877 y 800 717 2942Enviando un correo a: orientacionprofedet@stps.gob.mxUbicando las unidades móviles que están en la CdMx Los servidores de la nación te pedirán la siguiente información para que puedas recibir orientación gratuita: Nombre del trabajadorNombre de la empresa para la cual laboras o del empleadorQué sucedió Número de contacto Si lo deseas, la denuncia puede ser anónima; sin embargo, deberás considerar que para que procesa, es necesario presentar documentos como: Contrato firmado Recibos de nómina (en especial aquel donde se evidencia que no te pagaron el día de descanso obligatorio)Credencial que te acredite como trabajador????¡Alerta! Último día de la Unidad Móvil PROFEDET en el Centro de Conciliación Laboral del #EDOMEX sede Ecatepec.???? https://t.co/cryGOMYVRS⏰09:00 a 14:00 horas.????#PROFEDETSÍ te brinda asesoría gratuita sobre cualquier duda laboral y de seguridad social.✅¡Te esperamos! pic.twitter.com/4WuQDxn2tp— Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (@PROFEDET) April 25, 2025 ¿Cuáles son los días de descanso que se mencionan en la LFT?En el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, se estipula que cada año son varios los días que se deberá tomar un descanso obligatorio, estos son: El 1 de eneroEl primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febreroEl tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzoEl de mayoEl 16 de septiembreEl tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre El 1 de octubre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo FederalEl 25 de diciembreEl que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoralMBL


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